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Notificación sobre el ejercicio del Derecho de tanteo y retracto a favor de la administración de la Generalitat de Catalunya

Consultoría

Notificación sobre el ejercicio del Derecho de tanteo y retracto a favor de la administración de la Generalitat de Catalunya. Decreto-ley 1/2015.

En ocasiones, hay viviendas que han sido adquiridas en un proceso de ejecución hipotecaria o mediante compensación o pago de deuda con garantía hipotecaria. Si este es el caso de una finca que deseas vender o comprar (aunque no lo sepas) debes saber que la mayoría de estas viviendas pueden estar afectadas registralmente por un derecho de tanteo y retracto a favor de la administración, es decir, que la Generalitat debe renunciar a este derecho para que tú puedas vender a otro comprador que no sean ellos. Por otro lado, si eres comprador, debes saber que la Generalitat debe renunciar a él para que no pierdas la finca. Concretamente, debe notificarse la decisión de transmitir la vivienda a la Generalitat de Catalunya junto a las personas titulares de viviendas ubicadas en cualquier municipio de Cataluña que se hayan adquirido a partir del 9 de abril de 2008 en los siguientes supuestos: procesos de ejecución hipotecaria (procedimiento judicial), procesos de ejecución extrajudicial (procedimiento notarial), mediante compensación de deuda (entre acreedor y deudor), o mediante pago de deuda (dación en pago).

Nuestro servicio incluye:

  • Consulta y recapitulación de documentación a presentar
  • Trámites con la Generalitat de Catalunya por la obtención de la renuncia al tanteo
  • Seguimiento con los titulares de la operación para comprobar las respuestas de la administración
Ahórrate tiempo y dolores de cabeza, gestionamos la tramitación por ti
Evita colas y citas previas, tramitamos la documentación online
Recibirás un análisis y valoración de la documentación solicitada
59€
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NOTA

Una vez realizado el pago, recibirás un email con un número de encargo. En un plazo máximo de 48 horas contactaremos contigo para solicitarte una nueva documentación, en caso de que la adjuntada no sea correcta o sea insuficiente. En caso de ser correcta, te contactaremos con el número de expediente generado por la Generalitat y la agencia Catalana de la vivienda. La generalidad dispone de 3 meses en responder a esta solicitud (acostumbran a tardar 2). Una vez recibamos el documento de renuncia firmado, o la pertinente respuesta, te la enviaremos.

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