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Justificante de Exención de la certificación de eficiencia energética de edificios

Arquitectura

Justificante de Exención de la certificación de eficiencia energética de edificios

Es verdad que en la mayoría de compraventas es requisito obligatorio disponer del pertinente certificado y etiqueta energética, sin embargo, el Real Decreto 235/201 también prevé una serie de edificios que por sus características pueden pedir un justificante de exención (necesidad de reforma, edificios industriales o protegidos, etc.), permitiendo así que se pueda realizar la compraventa con todas las garantías y seguridad jurídica.

Nuestro servicio incluye todo lo necesario para su obtención:

  • La inspección de la finca por parte de un técnico acreditado
  • El justificante de excepción certificado por un arquitecto
  • La tasa de la Agencia de Vivienda de Cataluña y del visado
  • La tramitación de la solicitud con la Generalidad de Cataluña y el ICAEN
Ahórrate tiempo y dolores de cabeza, gestionamos la tramitación por ti
¿No conoces a ningún arquitecto de confianza? No te preocupes, trabajamos con profesionales del sector altamente calificados.
¿Te cuesta entender la jerga inmobiliaria? Te explicamos los conceptos más relevantes de la documentación solicitada.
149€
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Serás redirigido a la plataforma Tally, el proveedor que utilizamos para gestionar la información de manera segura.

NOTA

Una vez realizado el pago, recibirás un email con un número de encargo. En un plazo máximo de 48 horas contactaremos contigo para coordinar la visita con el técnico. La solicitud se tramitará una vez visitada la finca. Los plazos de respuesta de la Generalitat oscilan entre los 15 y 30 días.

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